Cómo formar parte del Registro de Mediadores del Ingreso Mínimo Vital
El Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha puesto en marcha el Registro de Mediadores del Ingreso Mínimo Vital (IMV), que permitirá a las entidades del Tercer Sector colaborar junto con las administraciones públicas para acreditar situaciones de vulnerabilidad, reconociendo a potenciales beneficiarios de la prestación y agilizar así los trámites del IMV.
Con esta medida se permite a las entidades del Tercer Sector de acción social, las ONGs, colaborar en la gestión del Ingreso Mínimo Vital, previa inscripción en un registro. Con ello, el Ministerio de Inclusión pretende ampliar el número de beneficiarios de la prestación.
Requisitos para ser Mediador Social
Para poder inscribirse en el Registro de Mediadores Sociales del Ingreso Mínimo Vital las entidades del Tercer Sector tienen que cumplir:
- Estar legalmente constituida e inscrita en el registro correspondiente.
- Carecer de ánimo de lucro.
- Ser organizaciones de carácter estatal.
- Tener fines institucionales adecuados para la realización de las actividades consideradas y desarrollar actividades sociales de interés general, conforme a lo establecido en sus Estatutos.
- Estar al corriente de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social.
- Disponer y acreditar que cuenta con la estructura, capacidad administrativa y técnica suficiente para garantizar el cumplimiento de sus fines.
- Acreditar la disposición de puntos de atención directos a las personas en todas las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.
- Presentar las auditorías contables de los tres últimos ejercicios económicos de la entidad cuando le sea solicitada.
- Acreditar experiencia de, al menos, tres años en el acompañamiento y asistencia a personas en riesgo de exclusión social.
- No haber sido sancionada, en el plazo de tres años contado hasta la presentación de la solicitud de la inscripción.
Y si la entidad solicitante no tiene implantación nacional
Si la entidad solicitante no dispone de puntos de atención directos a las personas en todas las comunidades autónomas (7), podrá ser igualmente inscrita si además de cumplir el resto de puntos anteriores justifica las siguientes condiciones:
- Pertenecer a una plataforma de entidades del Tercer Sector de Acción Social de ámbito estatal cuyo fin sea la lucha contra la pobreza y la exclusión social.
- Acreditar la disposición de puntos de atención directos a las personas en al menos ocho comunidades autónomas o ciudades de Ceuta y Melilla.
- Suscribir un convenio de colaboración bajo el marco de la citada plataforma con una o varias entidades pertenecientes a la misma, mediante el cual se acredite disponer de puntos de atención directos a las personas en todas las comunidades autónomas y ciudades de Ceuta y Melilla.