Se convoca la adjudicación de 17 viviendas, en régimen de alquiler, en Muros de Nalón

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Resolución de 23 de octubre de 2019, de la Consejería de Derechos Sociales y Bienestar, por la que se convoca la adjudicación de 17 viviendas, en régimen de alquiler, promovidas por el Principado de Asturias en Muros de Nalón, al amparo del expediente A-16/01.

Examinado el desarrollo de las obras de construcción de las viviendas promovidas por el Principado de Asturias en Muros de Nalón, al amparo del expediente A-16/01, procede convocar la adjudicación de las mismas.

El capítulo II del Decreto 25/2013, de 22 de mayo, por el que se regula la adjudicación de viviendas del Principado de Asturias, establece el procedimiento a seguir para proceder a estas adjudicaciones, concretando que las reglas específicas por las que se regirá cada convocatoria se aprobarán en virtud de resolución de la Consejería competente en materia de vivienda.

Por otra parte, el Ayuntamiento de Muros de Nalón ha manifestado su interés en que la administración del Principado de Asturias realice el proceso para adjudicar estas viviendas vacantes, al mismo tiempo que formula propuesta para que en la convocatoria se reserven un número de viviendas a determinados colectivos preferentes.

Vistos el Decreto 25/2013, de 22 de mayo, por el que se regula la adjudicación de viviendas del Principado de Asturias, la Ley del Principado de Asturias 2/1995, de 13 de marzo sobre Régimen Jurídico de la Administración del Principado de Asturias y demás normas de general aplicación, la Consejera de Derechos Sociales y Bienestar,

SOLICITANTES. REQUISITOS

Pueden presentar solicitud las personas físicas que cumplan los requisitos establecidos en el artículo 2.4 del Decreto 25/2013, de 22 de mayo, por el que se regula adjudicación de viviendas del Principado de Asturias:

  1. Ser mayor de edad o menor emancipado de acuerdo con lo establecido en la legislación civil y no encontrarse incapacitado para obligarse contractualmente.
  2. No ser titular ninguno de los miembros de la unidad de convivencia del pleno dominio o de un derecho real de uso o disfrute de una vivienda, o, en su caso, acreditar la necesidad de vivienda según lo previsto en el artículo 3 del Decreto 25/2013, de 22 de mayo.
  3. Reunir los requisitos de ingresos que se fijan en el artículo 4 del Decreto 25/2013, de 22 de mayo.
  4. Contar los miembros de la unidad de convivencia con permiso de residencia cuando dicho documento resulte exigible.
  5. Haber residido ininterrumpidamente o haber trabajado en un centro de trabajo en el concejo de Muros de Nalón, con al menos dos años de antelación a la fecha de publicación de la presente Resolución, y estar empadronado en dicha fecha en el concejo de Muros de Nalón.
  6.  No haber renunciado, sin causa justificada, ningún miembro de la unidad de convivencia a una vivienda de titularidad del Principado de Asturias en los 5 años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
  7. No haber denegado a ningún miembro de la unidad de convivencia la renovación de un contrato de arrendamiento de vivienda de titularidad del Principado de Asturias ni haber dado lugar a una resolución de contrato por incumplimiento de las condiciones contractuales ni haber ocupado una vivienda pública de forma ilegal en los 5 años anteriores a la fecha de publicación de la presente convocatoria.
  8. Estar al corriente del pago de las deudas contraídas por las cuotas de arrendamiento y conceptos asimilables por contratos anteriores de arrendamiento de viviendas de titularidad del Principado de Asturias.
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