La exención de copago farmacéutico beneficiará en el Principado a más de 3.000 menores con discapacidad y sus familias
El Comité de Entidades Representantes de Personas con Discapacidad del Principado de Asturias (CERMI Asturias) considera como medida de “gran impacto social” la exención de cualquier aportación del usuario -copago- en la prestación farmacéutica para menores de 18 años con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33 por 100.
Un total de 3.029 personas menores con discapacidad, oficialmente reconocidas con un grado igual o superior al 33% de Asturias -según los últimos datos del Centro de Valoración de Discapacidad del Principado de Asturias, quedan exentas de realizar aportaciones económicas en la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud.
La Ley de Presupuestos de 2021 modifica del texto refundido de la Ley de garantías y uso racional de los medicamentos y productos sanitarios, aprobado por Real Decreto legislativo 1/2015, de 24 de julio, disponiendo que “estarán exentos de aportación los usuarios y sus beneficiarios que pertenezcan a una de las siguientes categorías”, señalando entre estas a las “personas menores de edad con un grado de discapacidad reconocido igual o superior al 33%”.
Esta medida del Gobierno responde a una antigua reivindicación tanto del CERMI Estatal como de CERMI Asturias para todas las personas con discapacidad, y que ahora se circunscribe a los menores de 18 años
Para el movimiento social de la discapacidad, esta exención de copago supondrá “un alivio económico para miles de familias que tienen en su seno a un menor de 18 años con discapacidad y que se enfrentan a un sobrecoste que pueden llegar al 40% respecto de las familias en las que no hay situaciones de discapacidad”.
Según explica CERMI, los menores con discapacidad, “precisamente por su circunstancia, pueden ser consumidores más intensos de medicamentos, lo cual supone más gasto en esta prestación, por lo que exonerarlos de copago aligerará el esfuerzo familiar, mejorando el acceso a productos esenciales para el tratamiento y curación de enfermedades y patologías, relacionadas o no con su discapacidad”.