La FAPE declara que Arcadi Espada infringe la deontología periodística al denigrar en sus escritos e intervenciones a las personas con síndrome de Down
Tras una queja de la Comisión de Medios de Comunicación e Imagen Social de las Personas con Discapacidad del CERMI, en la que denunciaba el trato denigrante que este columnista dispensaba a las personas con síndrome de Down de manera reiterada.
(Madrid, 14 de diciembre de 2019).- La Federación de Asociaciones de Periodistas de España (FAPE) ha declarado que el escritor y columnista Arcadi Espada ha infringido la deontología periodística al emplear términos denigratorios para referirse a los menores con síndrome de Down, calificándolos como “hijos tontos”, “peores”, “enfermos” o “víctimas de su condición”.
En concreto, tras una denuncia presentada por la Comisión de Medios de Comunicación e Imagen Social de las Personas con Discapacidad del Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ante la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología de la FAPE, esta asociación ha resuelto que el uso de esta terminología “infringe” los artículos 7 y 7a de los Principios Generales del Código Deontológico.
Este apartado dispone que “el periodista extremará su celo profesional en el respeto a los derechos de los más débiles y los discriminados. Por ello, debe mantener una especial sensibilidad en los casos de informaciones u opiniones de contenido eventualmente discriminatorio o susceptibles de incitar a la violencia o a prácticas humanas degradantes”, por lo que “debe abstenerse de aludir, de modo despectivo o con prejuicios a la raza, color, religión, origen social o sexo de una persona o cualquier enfermedad o discapacidad física o mental que padezca”.
Igualmente, la FAPE señala que Arcadi Espada ha vulnerado los artículos 4 y 4b, 4c y 4e de los Principios Generales del Código Deontológico, que disponen que “sin perjuicio de proteger el derecho de los ciudadanos a estar informados, el periodista respetará el derecho de las personas a su propia intimidad e imagen”. Así, se recoge que “con carácter general deben evitarse expresiones, imágenes o testimonios vejatorios o lesivos para la condición personal de los individuos y su integridad física o moral” y que “en el tratamiento informativo de los asuntos en que medien elementos de dolor o aflicción en las personas afectadas, el periodista evitará la intromisión gratuita y las especulaciones innecesarias sobre sus sentimientos y circunstancias”.
El CERMI presentó una queja ante la FAPE por seis artículos de opinión publicados en ‘El Mundo’ entre 2009 y 2018 y por una entrevista de 2019 en el programa ‘Chester’, de Risto Mejide en ‘Cuatro’, puesto que en opinión del CERMI, Arcadi Espada estaba atentando de manera reiterada contra la dignidad de las personas con discapacidad, en general, y con síndrome de Down, en particular.
En su pronunciamiento, la FAPE expone que, si bien las opiniones vertidas en estos artículos y en la entrevista por Arcadi Espada sobre diferentes cuestiones relacionadas con las personas con discapacidad pueden ser “disonantes” y “provocadoras”, están amparadas por el derecho a la libertad de expresión. En cambio, el uso de términos como “hijos tontos” o “peores” son, a juicio de la FAPE, “insultos directos” y “reprochables desde el punto de vista de la ética periodística”. Por ello, la Comisión de Arbitraje, Quejas y Deontología del Periodismo rechaza sobre todo el contenido del artículo publicado el 9 de mayo de 2013, que es donde mayor cantidad de calificativos se utilizan.
“Las personas con síndrome de Down merecen una protección, dada su especial vulnerabilidad y los epítetos utilizados por Arcadi Espada en la columna reseñada no pueden tener favorable acogida en el magnánimo derecho a la libertad de opinión, porque colisionan frontalmente con el derecho de estas personas a ser tratadas con la debida dignidad y respeto. Resulta también rechazable la referencia a estas personas como enfermos”, sentencia la FAPE.
El CERMI saluda este pronunciamiento en favor de la dignidad de las personas con discapacidad y advierte de que el uso de terminología denigrante no solo atenta contra la ética periodística, sino que vulnera la Convención Internacional sobre los Derechos de las Personas con Discapacidad, un tratado de derechos humanos de obligado cumplimiento que insta a promover una imagen digna de las personas con discapacidad.