Nueva ley de empleo desde hoy las personas con incapacidad laboral serán consideradas personas con discapacidad a efectos de empleo
Hoy ha salido publicada en el BOE la nueva Ley de Empleo, en la cual se modifica el artículo 4.2 del Real Decreto Legislativo 1/2013 por el que se aprueba la Ley General de los derechos de las personas con discapacidad y su inclusión social. Dicha modificación se recoge en la Disposición final segunda y dice así:
Son personas con discapacidad aquellas que presentan deficiencias físicas, mentales, intelectuales o sensoriales, previsiblemente permanentes que, al interactuar con diversas barreras, puedan impedir su participación plena y efectiva en la sociedad, en igualdad de condiciones con los demás. Las disposiciones normativas de los poderes y las Administraciones Públicas, las resoluciones, actos, comunicaciones y manifestaciones de estas y de sus autoridades y agentes, cuando actúen en calidad de tales, utilizarán los términos «persona con discapacidad» o «personas con discapacidad» para denominarlas.
2. Además de lo establecido en el apartado anterior, a los efectos de esta Ley, tendrán la consideración de personas con discapacidad aquellas a quienes se les haya reconocido un grado de discapacidad igual o superior al 33 por ciento.
Se restituye así la situación anterior a la provocada por las sentencias del Tribunal Supremo de 2018, de manera que las personas con una incapacidad laboral serán de nuevo personas con discapacidad a efectos de empleo. Esto implica que, tanto las empresas como los Centros Especiales de Empleo, podrán beneficiarse de nuevo de todos los incentivos a la contratación (bonificaciones en la Seguridad Social, subvenciones y deducción fiscal por creación de empleo).
Se atiende así una de las reivindicaciones planteadas por el Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (Cermi).