Publicada en el BOE la Ley de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales en el Principado de Asturias

ilustración con siluetas de personas

Ley 3/2021, de 30 de junio, de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales tiene por objeto garantizar la cobertura de las necesidades vitales de las personas que carezcan de los recursos suficientes en el ámbito del Principado de Asturias, así como promover la incorporación social y laboral de quienes se encuentren en situaciones de vulnerabilidad, mediante la creación de un Sistema Asturiano de Garantía de Derechos y Prestaciones Vitales, con la colaboración y participación de los concejos.

Objetivos de la ley

En el marco de los principios generales del sistema público de servicios sociales del Principado de Asturias, son objetivos de la presente ley:

  1. Establecer de manera efectiva los derechos vitales garantizados contemplados en esta ley para todas las personas que no dispongan, por sí mismas o en su unidad económica de convivencia independiente, de los recursos mínimos necesarios para una existencia acorde a la dignidad humana y alejada de la pobreza y la exclusión social, atendiendo a situaciones de especial vulnerabilidad que precisen una mayor atención, tales como presencia de menores de edad o personas con discapacidad, dificultades de acceso a una vivienda digna o a los servicios y suministros básicos o violencia de género.
  2. Proporcionar a todos los menores tutelados por el Principado de Asturias la cobertura de sus necesidades vitales, contribuyendo con esta medida a la prioridad del acogimiento familiar sobre el acogimiento residencial.
  3. Facilitar el acceso y permanencia indefinida en una vivienda digna y asequible, con el adecuado acceso a los suministros básicos.
  4. Garantizar la equidad e igualdad en el acceso a las ayudas de emergencia social, mediante el establecimiento de unos criterios mínimos comunes.
  5. Establecer cauces de coordinación y colaboración reales, eficaces y efectivos entre las Administraciones públicas competentes en la gestión de las prestaciones del sistema, de manera que se garanticen unas condiciones básicas en todo el territorio del Principado de Asturias, así como el establecimiento de un nuevo mecanismo de financiación acorde a este fin.
  6. Garantizar el derecho de las personas en situación de vulnerabilidad a los apoyos personalizados y la participación en programas integrales en materia de salud, vivienda, educación, formación y empleo que favorezcan su incorporación social y laboral.

Componentes del Sistema

Los componentes del Sistema, que podrán tener naturaleza económica o técnica, son los siguientes:

a) Los derechos vitales garantizados regulados en el título II.

  • El salario social básico.
  • Los complementos vitales.
  • Las medidas de incorporación social y laboral.
  • La garantía para menores acogidos.
  • El complemento a las pensiones no contributivas de la Seguridad Social.

b) Las prestaciones vitales que se desarrollan en el título III:

  • Las prestaciones vitales para familias con menores.
  • Las prestaciones vitales para la vivienda.
  • Las prestaciones vitales para otros gastos ordinarios o extraordinarios.
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